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DESPIDOS

Todos aquellos que hayan sido despedidos o se encuentren en situaciones conflictivas con sus empleadores y necesiten asesoramiento, encontrarán en nuestros abogados el auxilio que necesitan para reclamar por sus derechos y garantizar una justa indemnización por sus servicios prestados. Todos aquellos que se encuentren registrados, como así también quienes se encuentren "en negro" tienen la posibilidad de reclamar por sus derechos. No deje de consultar con nuestros abogados acerca de sus posibilidades de obtener indemnizaciones por despido.

TRABAJO EN NEGRO

Si Ud. se encuentra prestando servicios en relación de dependencia, y se encuentra en una situación en la cual su contrato de trabajo no está registrado, Ud. cuenta con la posibilidad de intimar a su empleador a fin de que regularice dicha situación. En tal caso, si su empleador, una vez que se lo intimo por telegrama, no da cumplimiento a tal requisitoria, Ud. tiene la posibilidad de considerarse despedido/a y de reclamar indemnización por despido, más las multas por trabajo en negro.

TRABAJO PARCIALMENTE REGISTRADO

Este supuesto es similar al anterior, pero con la única diferencia que en este caso, su contrato de trabajo esta deficientemente registrado porque su empleador le abona “parte” de su remuneración en “negro”.

SUSPENSIONES O APERCIBIMIENTOS

En el supuesto de que Ud. sufra alguna sanción por parte de su empleador, y considere que la misma no es justa o proporcional con el hecho que se le imputa, Ud. cuenta con la posibilidad de impugnar dicha medida tomada por su empleador, para ello cuanta con un mes de que lo suspendieron o apercibieron.

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MOBBING

El Acoso psicológico en el trabajo, tiene el objetivo de destruir la estabilidad psicológica de un ser humano, a través del descrédito y la rumorología. Generalmente se da en el ámbito del derecho laboral cuando el empleador o un superior, lo acosa de diferentes maneras, como por ejemplo sexualmente, psicológicamente o faltándole el respeto continuamente, etc.

En estos casos Ud. cuenta con la posibilidad de considerarse despedido –previo a ello, hay que intimar a su empleador a fin de que cese en dicha conducta- y peticionar una indemnización con mas los daños y perjuicios.

DIFERENCIAS SALARIALES

Si a Ud. le abonan por debajo a lo que estipula el Convenio aplicable a la actividad en que se desempeñe, o bien le abonan a compañeros suyos más que a Ud. sin una causa atendible, o no le abonan las horas extras (existen muchos más supuestos), Ud. cuenta con la posibilidad de reclamar dichas diferencias salariales, y según el caso, cuenta con la posibilidad de considerarse despedido, si su empleador niega tal requerimiento suyo al responder el telegrama.

ACCIDENTES DE TRABAJO O ENFERMEDADES PROFESIONALES

En caso de que Ud. se halla accidentado por prestar tareas para su empleador, tiene derecho a reclamar una indemnización. Lo mismo respecto del trayecto que va desde su hogar hasta el trabajo y viceversa. En caso de haber sufrido un accidente o enfermedad profesional, al trabajador le asiste el derecho de exigir las prestaciones asistenciales que deben brindar las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo – ART, como también, de apelar ante las Comisiones Médicas dependientes de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo - SRT, en caso de discrepancia acerca de la naturaleza del accidente o enfermedad laboral, el grado de incapacidad o el contenido de las prestaciones. El trabajador debe inmediatamente denunciar el accidente o enfermedad a su empleador, quien a su vez tiene que comunicar la situación a la ART. En caso que el patrón no cumpliera con su obligación de informar, lo puede hacer el trabajador a la ART. En circunstancias como las detalladas es conveniente que todo empleado cuente con asesoramiento laboral especializado desde un primer momento. Además, el trabajador tiene también derecho a peticionar la reparación integral del daño, mediante la acción civil en sede judicial.

IGUALDAD DE TRATO

La ley prohíbe el trato desigual fundado en razones de sexo, religión, raza, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, condición social, edad o caracteres físicos, por lo cual, ante el hecho de suscitarse alguna de las situaciones descriptas, el trabajador tiene derecho a requerir a su empleador el cese de dichas conductas, y en caso de despido discriminatorio, de demandar la reincorporación a su puesto de trabajo y reclamar una justa indemnización.

DIFERENCIAS INDEMNIZATORIAS

FALTA DE ENTREGA DE CERTIFICADOS DE TRABAJO